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Last Updated: July 28, 2026

La Carta de Derechos de los Trabajadores

Autoridad Constitucional: Artículo I, Sección 8 (Cláusula de Comercio — mercados laborales interestatales, la base bien establecida para la Ley de Estándares Laborales Justos desde United States v. Darby (1941)); Artículo I, Sección 8 (Cláusula de Gasto — financiamiento federal de programas de Garantía de Empleo administrados por los estados, bien establecido bajo South Dakota v. Dole (1987)); Artículo I, Sección 8 (cláusula de bienestar general apoyando las asignaciones de la Garantía Federal de Empleo y la Licencia Familiar Pagada); las disposiciones de la Ley PRO se sitúan en territorio NLRA establecido (Ley Wagner de 1935, Taft-Hartley de 1947, todas confirmadas bajo la Cláusula de Comercio). El Salario Digno Localizado es constitucionalmente idéntico al salario mínimo federal existente con un ajuste de fórmula — no se requiere novedad constitucional. La Licencia Familiar Pagada está estructurada como una extensión del Seguro Social (financiada por nómina al estilo FICA) consistente con Helvering v. Davis (1937). La Garantía Federal de Empleo está estructurada como un programa financiado federalmente y administrado por los estados al modo del seguro de desempleo y Medicaid, ambos con décadas de precedente de la Cláusula de Gasto.

Justificación: El mercado laboral estadounidense está roto de maneras que no son características naturales de las economías de mercado — son fallas estructurales producidas por décadas de decisiones políticas. El salario mínimo federal no ha seguido el ritmo de la productividad durante 50 años; si lo hubiera hecho, estaría aproximadamente en $25 hoy. Los trabajadores sin títulos de cuatro años han visto sus salarios estancarse mientras las ganancias corporativas y la compensación ejecutiva han crecido a múltiplos de las normas de mediados de siglo. El desempleo se utiliza artificialmente como una herramienta de manejo macroeconómico — la Reserva Federal mantiene deliberadamente una “tasa de desempleo no aceleradora de la inflación” que condena a millones de estadounidenses al desempleo involuntario como una característica estructural de la economía. Esta Ley aborda cada una de esas fallas directamente: el Salario Digno Localizado restaura el piso salarial al nivel que las solas ganancias de productividad habrían producido; la Ley PRO restaura el equilibrio estructural entre el trabajo y el capital que hizo posible la prosperidad de base amplia de la posguerra; la Garantía Federal de Empleo elimina el desempleo como herramienta disciplinaria y lo reemplaza con la dignidad del trabajo garantizado para cualquier estadounidense que lo desee; la Licencia Familiar Pagada pone a Estados Unidos al día con cada otra democracia desarrollada. Esto no es “Izquierda vs. Derecha” — es “Funciona vs. Roto”. Un mercado laboral que niega sistemáticamente la dignidad y la seguridad a las personas que hacen el trabajo está roto. Esta Ley lo arregla.

Garantía Federal de Empleo: Marco de Implementación

La Garantía Federal de Empleo es la piedra angular de la Carta de Derechos de los Trabajadores, asegurando que cada estadounidense que quiera trabajar pueda encontrar empleo digno con salario digno. Esta sección proporciona detalles operativos para implementar este programa transformador.

Alcance del Programa y Elegibilidad:

Criterios de Elegibilidad:

Salario y Beneficios:

Exclusiones y Limitaciones:


Tipos de Trabajo y Categorías de Trabajo:

El programa se enfocará en trabajo socialmente valioso que está crónicamente subfinanciado y aborda necesidades comunitarias reales:

1. Infraestructura y Resiliencia Climática (asignación anual de $100-200B)

2. Trabajo de Cuidado y Servicios Sociales (asignación anual de $100-150B)

3. Educación y Servicios Juveniles (asignación anual de $50-100B)

4. Conservación Ambiental (asignación anual de $40-80B)

5. Artes, Cultura y Desarrollo Comunitario (asignación anual de $20-40B)

6. Servicios Administrativos y de Apoyo (asignación anual de $20-40B)


Administración y Gobernanza:

Opción de Estructura Federal:

Opción de Asociación Federal-Estatal:

Modelo Híbrido (Recomendado):

Requisitos de Personal:


Análisis de Costos e Impacto Fiscal:

Escenario Base (5 millones de inscritos):

Escenario de Alta Inscripción (10 millones de inscritos):

Naturaleza Contra-Cíclica:

Compensado por Ahorros y Efectos Secundarios:

Costo Neto:

Costo Relativo al PIB:


Preocupaciones de Desplazamiento del Sector Privado y Mitigación:

Preocupaciones Legítimas:

Estrategias de Mitigación:

1. Piso Salarial, No Techo Salarial:

2. Diseño de Trabajos para Complementar el Sector Privado:

3. Apoyo de Transición:

4. Variación Regional:

5. Respuesta del Empleador:


El Problema de los Incentivos y las Salvaguardas de Productividad:

Un empleo público garantizado con un salario digno es una herramienta poderosa, y las herramientas poderosas fallan de maneras predecibles si quienes las diseñan ignoran la naturaleza humana. Hay que enfrentar dos riesgos directamente, en lugar de descartarlos.

Riesgo 1 — Drenar mano de obra del trabajo privado difícil. Si un empleo garantizado es más fácil, más seguro o más agradable que los trabajos duros o desagradables que la economía privada realmente necesita que se hagan, los trabajadores elegirán racionalmente la garantía, y el trabajo privado esencial queda sin hacer o sus salarios se disparan. Esto no es una razón para abandonar la garantía — es una restricción de diseño. El programa es deliberadamente un piso salarial, no un techo salarial: fija la base de pago y condiciones que un empleador privado debe superar, pero no intenta superar al sector privado en lo atractivo del puesto. Las asignaciones de trabajo se concentran en labores que el mercado privado subfinancia crónicamente (cuidado, conservación, infraestructura pública), no en labores que ya realiza. Esta calibración es la Prima del Sector Privado: el programa se fija de modo que el empleo del sector privado siempre ofrezca una prima en salarios o beneficios, manteniendo a la garantía como una red de seguridad y no como un competidor que drena la mano de obra esencial del sector privado.

Riesgo 2 — Una burocracia estancada de “trabajo ficticio”. Un empleo que no se puede perder y que no produce nada real degenera exactamente en el tipo de burocracia sin rendición de cuentas que este marco existe para combatir. La garantía está, por lo tanto, sujeta a salvaguardas exigibles:

¿Por qué una Garantía de Empleo en lugar de efectivo puro (RBU/EITC)? Consideramos las principales alternativas y rechazamos la falsa disyuntiva entre ellas.

Se elige la Garantía de Empleo porque preserva el vínculo contribución-recompensa (trabajas, ganas), provee un empleo a la persona que el mercado ha dejado fuera y — combinada con un EITC ampliado para quienes están en trabajo privado — cubre ambas brechas sin recurrir a un pago incondicional que ignora cómo funcionan realmente los incentivos.


Cronograma de Implementación y Estrategia Piloto:

Fase 1: Programa Piloto (Año 1)

Criterios de Selección de Sitios Piloto:

Fase 2: Expansión Regional (Años 2-3)

Fase 3: Implementación Nacional (Años 4-5)


Métricas de Éxito y Evaluación:

Resultados a Nivel de Participante:

Resultados a Nivel Comunitario:

Impacto Económico:

Resultados Fiscales:


Estrategia Política y Construcción de Coalición:

Partidarios Centrales:

Escépticos a Persuadir:

Estrategia de Comunicaciones:


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